Autorización para aumentar la parte de los créditos refaccionarios destinados a cubrir pasivos.

El trámite de autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos tiene como propósito permitir a las instituciones de crédito superar el límite del 50% establecido en la Ley para realizar ciertas operaciones. Este trámite debe ser realizado por las instituciones de crédito que deseen exceder dicho límite. No hay plazos específicos o fechas importantes asociadas a este trámite.

Documentos Requisitos
Copia certificada del acta del Comité de Crédito Deberá presentarse copia certificada del acta del Comité de Crédito donde se autorice que la institución de crédito exceda del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos.
Formato de Solicitud de Autorización Completar el formato oficial de solicitud de autorización para el trámite en cuestión.
Identificación oficial vigente Presentar una identificación oficial vigente y en buen estado del representante legal de la institución de crédito.

Para llevar a cabo el trámite de autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos, deberás seguir estos pasos:

1. Obtener una copia certificada del acta del Comité de Crédito donde se autorice el excedente.

2. Completar el formato oficial de solicitud de autorización con los datos requeridos.

3. Presentar una identificación oficial vigente y en buen estado del representante legal de la institución de crédito.




Paso a Paso del Procedimiento

Procedimiento para la autorización de exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos

  1. Reunir la documentación necesaria: Es necesario contar con la documentación requerida para solicitar la autorización, la cual incluye los estados financieros de la institución de crédito y demás información relevante.
  2. Acceder al sitio web de la CNBV: Para realizar la solicitud de autorización, se debe ingresar al sitio web de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y seleccionar el trámite correspondiente.
  3. Llenar el formulario de solicitud: Se deberá completar el formulario en línea con la información solicitada, incluyendo los datos de la institución de crédito y la justificación para exceder del 50% en la parte de los créditos refaccionarios destinados a cubrir pasivos.
  4. Adjuntar la documentación requerida: Es necesario adjuntar los estados financieros y demás documentación solicitada en el formulario de solicitud.
  5. Enviar la solicitud: Una vez completado el formulario y adjuntada la documentación, se deberá enviar la solicitud para su revisión por parte de la CNBV.
  6. Esperar la respuesta: Una vez enviada la solicitud, se deberá esperar la respuesta por parte de la CNBV, la cual podrá ser una autorización o una solicitud de información adicional.
  7. Seguir las indicaciones de la CNBV: En caso de que se requiera información adicional, se deberá proporcionar la documentación solicitada por la CNBV para completar el proceso de autorización.
  8. Recibir la autorización: Una vez que la CNBV apruebe la solicitud, se recibirá la autorización para que las instituciones de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios destinados a cubrir pasivos.





Trámite Autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos

Trámite Autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos

Para llevar a cabo este trámite, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Accede al sitio web de gobierno: Autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos
  2. Descarga el formulario: En el sitio web mencionado anteriormente encontrarás el formulario necesario para realizar este trámite. Asegúrate de llenar todas las secciones de manera correcta.
  3. Presenta el formulario: Una vez completado, presenta el formulario en la institución correspondiente para su evaluación y procesamiento.
  4. Espera la autorización: Una vez presentado el formulario, deberás esperar la autorización por parte de las instituciones de crédito para exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios destinados a cubrir pasivos.





Información de Trámite

Autorización para que las Instituciones de Crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos

Información de Contacto para Consultas

Para resolver dudas o realizar consultas sobre este trámite, puedes contactar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a través de los siguientes medios:

  • Teléfono: 55 5229 6000
  • Correo Electrónico: contacto@cnnv.gob.mx
  • Oficinas: Av. Insurgentes Sur 1971, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Ciudad de México

Costos y Formas de Pago

El trámite no tiene costo asociado.

Tiempo Estimado de Procesamiento

El tiempo estimado para completar el trámite y recibir una respuesta es de 30 días hábiles.







FAQ Autorización para exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios

Preguntas Frecuentes – Autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos

1. ¿Qué es el trámite de autorización para exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios?

El trámite de autorización para que las instituciones de crédito excedan del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir pasivos, consiste en solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la autorización para rebasar el límite del 50% establecido para destinar los créditos refaccionarios a cubrir pasivos.

2. ¿Qué documentos necesito para llevar a cabo este trámite?

Para realizar este trámite, es necesario presentar una solicitud por escrito dirigida a la CNBV, en la que se incluyan los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta constitutiva de la institución de crédito.
  • Registro en el Registro de Entidades Financieras de la CNBV.
  • Argumentos y documentación que respalde la solicitud de autorización.

3. ¿Cuál es el plazo para obtener la autorización?

Una vez presentada la solicitud con la documentación requerida, la CNBV cuenta con un plazo de hasta 30 días hábiles para resolver y notificar la autorización correspondiente.

4. ¿Cuál es el costo de este trámite?

El trámite de autorización para exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios no tiene costo alguno.

Para más información sobre este trámite, puedes acceder a la página oficial del trámite.


Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-que-las-instituciones-de-credito-excedan-del-50-la-parte-de-los-creditos-refaccionarios-que-se-destine-a-cubrir-pasivos/CNBV3758

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