Autorización para exceder el límite del 50% en los contratos de crédito de una unión de crédito.

El trámite de autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío que celebre una unión de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes tiene como objetivo permitir que las uniones de crédito puedan exceder el límite del 50% en ciertos contratos de crédito. Este trámite debe ser realizado por las uniones de crédito que busquen exceder este límite. No hay plazos específicos o fechas importantes asociadas a este trámite.

Documentos Condiciones
Identificación oficial vigente Formato aceptado: INE, pasaporte o cédula profesional
Comprobante de domicilio Formato aceptado: Recibo de luz, agua o teléfono con antigüedad no mayor a 3 meses
Contrato de crédito refaccionario y de habilitación o avío Documento que excede del 50% de la parte de los créditos refaccionarios

Para llevar a cabo el trámite de autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío que celebre una unión de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes, es necesario contar con una identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional), un comprobante de domicilio reciente (con una antigüedad no mayor a 3 meses) y el contrato de crédito refaccionario y de habilitación o avío que exceda del 50% de la parte de los créditos refaccionarios.




Paso a Paso – Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío que celebre una unión de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes

Paso a Paso – Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío que celebre una unión de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes

  1. Reúne la documentación necesaria: Identificación oficial, comprobante de domicilio, estados financieros de la unión de crédito, informe del auditor externo, contrato de crédito refaccionario y de habilitación o avío, entre otros.
  2. Accede al siguiente enlace: Solicitud de autorización
  3. Llena el formulario en línea: Completa los datos solicitados y adjunta la documentación requerida en formato digital.
  4. Envía la solicitud: Una vez completado el formulario, haz clic en el botón de enviar para enviar la solicitud a la autoridad competente.
  5. Espera la respuesta: La autoridad revisará la documentación y te notificará si la autorización ha sido aprobada o rechazada.





Trámite Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío puedan exceder del 50%

Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío puedan exceder del 50%

Este trámite consiste en solicitar la autorización a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío celebrados por una unión de crédito puedan exceder del 50% de la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes.

Para llevar a cabo este trámite, sigue los siguientes pasos:

  1. Descarga el formulario de solicitud de autorización en el siguiente enlace: Formulario de Solicitud de Autorización
  2. Completa el formulario con la información requerida y los documentos solicitados.
  3. Una vez completado el formulario, presenta la solicitud junto con los documentos en la oficina de la CNBV correspondiente.

Para más información sobre este trámite, puedes visitar el sitio web oficial del Gobierno de México.





Información de Contacto para Consultas

Trámite: Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío que celebre una unión de crédito puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes

Información de Contacto para Consultas

Si tienes dudas o deseas realizar consultas sobre este trámite, puedes contactar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a través de los siguientes medios:
Teléfono: 55 1084 2830
Correo electrónico: contacto@cmbv.gob.mx
Oficina física: Paseo de la Reforma No. 505, Colonia Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.

Costos y Formas de Pago

Para llevar a cabo este trámite, es importante tener en cuenta que no aplica ningún costo.
Las formas de pago aceptadas son ninguna, el trámite es gratuito.

Tiempo Estimado de Procesamiento

El tiempo estimado para completar este trámite o recibir una respuesta es de aproximadamente 30 días hábiles.

Más información sobre el trámite



Preguntas Frecuentes – Autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la autorización para que los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío puedan exceder del 50% la parte de los créditos refaccionarios que se destine a cubrir los pasivos correspondientes?

Esta autorización permite que una Unión de Crédito pueda exceder el límite del 50% establecido en los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío.

¿Cuál es el objetivo de esta autorización?

El objetivo es otorgar flexibilidad a las Uniones de Crédito para mejorar su capacidad de otorgar financiamiento a sus afiliados, permitiéndoles exceder la proporción establecida en los contratos de crédito refaccionario y de habilitación o avío.

¿Cómo puedo solicitar esta autorización?

Para solicitar esta autorización, es necesario presentar la documentación requerida ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) siguiendo los lineamientos establecidos en el trámite aquí.

¿Cuál es el tiempo de respuesta para obtener esta autorización?

El tiempo de respuesta puede variar, pero la CNBV se compromete a dar seguimiento oportuno a las solicitudes recibidas.

¿Esta autorización tiene algún costo?

No se menciona ningún costo asociado a esta autorización en la información proporcionada. Para más detalles, se recomienda consultar directamente con la CNBV.

Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-que-los-contratos-de-credito-refaccionario-y-de-habilitacion-o-avio-que-celebre-una-union-de-credito-puedan-exceder-del-50-la-parte-de-los-creditos-refaccionarios-que-se-destine-a-cubrir-los-pasivos-correspondientes/CNBV4676

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