La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) requiere que las Instituciones de Banca Múltiple presenten una solicitud de autorización para ceder o descontar su cartera y responder por la solvencia del deudor, de acuerdo con el artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito. Los documentos necesarios incluyen un escrito libre firmado por el representante legal y la solicitud de autorización correspondiente. El trámite es gratuito y se puede realizar de forma presencial en la Oficialía de Partes de la CNBV en la Ciudad de México.
Requisitos Detallados
Documento requerido | Presentación |
---|---|
Escrito libre debidamente fundado y motivado, firmado por representante legal | Original |
Solicitud de Autorización para que las Instituciones de Crédito celebren operaciones a las que hace referencia el tercer párrafo del artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito | Original |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Acude a Oficialía de Partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ubicada en Insurgentes Sur No. 1971, Plaza Inn, Guadalupe Inn, Código postal 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
IMPORTANTE:
Para llevar a cabo este trámite, asegúrate de contar con todos los documentos solicitados en su formato original y de acudir en el horario establecido a la ubicación indicada. Es indispensable presentar el escrito libre debidamente firmado por el representante legal y la solicitud de autorización para ceder o descontar tu cartera. Cumplir con estos requisitos te facilitará el proceso de autorización por parte de la CNBV.
Paso a Paso del Procedimiento
- Preparación de Documentos: Prepara un escrito libre debidamente fundado y motivado, firmado por el representante legal de la Institución de Banca Múltiple.
- Solicitud de Autorización: Completa y presenta la Solicitud de Autorización para que las Instituciones de Crédito celebren operaciones según el tercer párrafo del artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito. Este documento debe ser original.
- Revisión de Costos: Verifica que el trámite no genera ningún costo, ya que es gratuito.
- Presentación del Trámite: Dirígete de manera presencial a la Oficialía de Partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en la dirección Insurgentes Sur No. 1971, Plaza Inn, Guadalupe Inn, Código postal 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
¿Eres una Institución de Banca Múltiple y necesitas autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ceder o descontar tu cartera y pretendes responder por la solvencia del deudor? Recuerda que es necesario presentar la solicitud de autorización para ceder o descontar tu cartera, así como para responder por la solvencia del deudor, lo anterior para dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Escrito libre debidamente fundado y motivado, firmado por representante legal |
Original |
Solicitud de Autorización para que las Instituciones de Crédito celebren operaciones a las que hace referencia el tercer párrafo del artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito |
Original |
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Acude a Oficialía de Partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ubicada en Insurgentes Sur No. 1971, Plaza Inn, Guadalupe Inn, Código postal 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Información de Contacto para Consultas:
Si eres una Institución de Banca Múltiple y necesitas autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), puedes resolver tus dudas o realizar consultas a través de los siguientes medios:
- Teléfono: [Ingresar número de teléfono de contacto]
- Correo Electrónico: [Ingresar dirección de correo electrónico]
- Oficina Física: Acude a Oficialía de Partes de la CNBV ubicada en Insurgentes Sur No. 1971, Plaza Inn, Guadalupe Inn, C.P. 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México. Horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
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Escrito libre: debidamente fundado y motivado, firmado por representante legal | Original |
Solicitud de Autorización: para que las Instituciones de Crédito celebren operaciones a las que hace referencia el tercer párrafo del artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito | Original |
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite: | Gratuito |
Tiempo Estimado de Procesamiento
El tiempo estimado para completar el trámite de autorización para ceder o descontar tu cartera y responder por la solvencia del deudor por parte de la CNBV es de [Ingresar tiempo estimado en días].
Preguntas Frecuentes
¿Qué debo hacer si soy una Institución de Banca Múltiple y necesito autorización de la CNBV?
Respuesta: Si eres una Institución de Banca Múltiple y necesitas autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ceder o descontar tu cartera y pretendes responder por la solvencia del deudor, debes presentar la solicitud de autorización correspondiente, según lo estipulado en el artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
---|---|
Escrito libre debidamente fundado y motivado, firmado por representante legal | Original |
Solicitud de Autorización para operaciones específicas | Original |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Acude a Oficialía de Partes de la CNBV ubicada en Insurgentes Sur No. 1971, Plaza Inn, Guadalupe Inn, Código postal 01020, Álvaro Obregón, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-que-las-instituciones-de-credito-celebren-operaciones-a-las-que-hace-referencia-el-tercer-parrafo-del-articulo-93-de-la-ley-de-instituciones-de-credito/CNBV3754