La autorización para que las Siefores mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión respecto de los límites previstos en el régimen de inversión autorizado es un trámite que permite a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Siefores) mantener temporalmente un defecto o exceso en los activos de inversión previstos en su régimen de inversión autorizado. Esta autorización debe ser solicitada por las Siefores que presenten una desviación respecto a los límites establecidos en su régimen de inversión, con el fin de evitar que se generen problemas financieros en el futuro. Es importante seguir los plazos y fechas establecidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) para llevar a cabo este trámite de manera oportuna y evitar sanciones.
Documento | Formato Aceptado | Identificación Válida |
---|---|---|
Solicitud escrita | Credencial de elector | |
Copia del contrato de mandato del comité técnico | Pasaporte | |
Copia del régimen de inversión autorizado del SIEFORE correspondiente | Licencia de conducir | |
Identificación oficial del representante legal | INE |
Para llevar a cabo el trámite de autorización para que las SIEFORES mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión respecto de los límites previstos en el régimen de inversión autorizado, se debe presentar una solicitud por escrito junto con los documentos mencionados en la tabla. Además, es importante que el representante legal presente una identificación oficial válida al momento de realizar el trámite.
Procedimiento: Autorización para que las Siefores mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión respecto de los límites previstos en el régimen de inversión autorizado
- Requerimientos: Verifica que cumples con todos los requisitos solicitados por la CONSAR para este trámite.
- Documentación: Reúne y prepara toda la documentación necesaria, la cual puede incluir estados financieros, reportes de inversiones, entre otros.
- Solicitud: Accede al sitio oficial de la CONSAR para iniciar el trámite.
- Formulario: Completa el formulario en línea con tus datos personales y la información requerida sobre la autorización solicitada.
- Adjuntar Documentos: Sube todos los documentos solicitados en formato PDF u otro formato especificado por la CONSAR.
- Revisión y Evaluación: La CONSAR revisará la documentación proporcionada y evaluará si cumples con los requisitos para la autorización solicitada.
- Notificación: En caso de ser aprobada la solicitud, recibirás una notificación oficial por parte de la CONSAR con la autorización correspondiente.
- Seguimiento: Realiza el seguimiento necesario para asegurarte de cumplir con los términos y condiciones establecidos en la autorización otorgada.
Trámite de autorización para que las Siefores mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión
Para llevar a cabo el trámite de autorización para que las Siefores mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión, se debe seguir los siguientes pasos:
- Acceda al sitio web oficial del trámite en el siguiente enlace: Autorización para mantener defecto o exceso en activos
- Descargue el formulario correspondiente al trámite en el siguiente enlace: Descargar formulario
- Rellene el formulario con la información requerida y adjunte la documentación necesaria.
- Una vez completado el formulario, envíelo a la dirección indicada en el mismo o siga las instrucciones específicas proporcionadas en el sitio web del trámite.
Recuerde que es importante seguir las instrucciones detalladas proporcionadas en el sitio web oficial del trámite para garantizar que su solicitud sea procesada de manera adecuada.
Información de Contacto para Consultas
Para resolver dudas o realizar consultas sobre la autorización para que las Siefores mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión respecto de los límites previstos en el régimen de inversión autorizado, puedes comunicarte a los siguientes contactos:
- Teléfono: 01-800-CAUSA24
- Correo electrónico: info@consar.gob.mx
- Oficina física: Paseo de la Reforma #342, Ciudad de México
Costos y Formas de Pago
Este trámite no tiene ningún costo asociado.
Tiempo Estimado de Procesamiento
El tiempo estimado para completar el trámite y recibir una respuesta es de 30 días hábiles.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la autorización para que las AFORES mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión?
Es un trámite que permite a las AFOREs solicitar autorización a la CONSAR para mantener temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión, respecto de los límites previstos en el régimen de inversión autorizado.
¿Cómo se realiza el trámite?
Para realizar este trámite, la AFORE deberá ingresar al siguiente enlace: Autorización para que las AFOREs mantengan temporalmente el defecto o exceso en los activos objeto de inversión y seguir las instrucciones proporcionadas en la plataforma.
¿Cuál es el plazo para obtener la autorización?
El plazo para obtener la autorización por parte de la CONSAR puede variar dependiendo de la complejidad del caso, por lo que se recomienda estar atento a las notificaciones realizadas por la entidad reguladora.
¿Qué documentación se requiere para realizar este trámite?
Para realizar este trámite, la AFORE deberá presentar la documentación que la CONSAR solicite, la cual puede incluir informes financieros, justificación de la necesidad de mantener el defecto o exceso en los activos objeto de inversión, entre otros.
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-que-las-siefores-mantengan-temporalmente-el-defecto-o-exceso-en-los-activos-objeto-de-inversion-respecto-de-los-limites-previstos-en-el-regimen-de-inversion-autorizado/CONSAR4733