El trámite consiste en solicitar el cambio de condición de estancia a residente permanente para personas extranjeras que han sido reconocidas como refugiadas o que cuentan con protección complementaria, asilo político o son consideradas apátridas por el Instituto Nacional de Migración. Se requiere presentar ciertos documentos, como el formato de solicitud, pasaporte, documento de identidad, tarjeta de visitante, y las resoluciones correspondientes según el caso. El trámite es gratuito y se puede realizar en línea, de manera presencial en las oficinas del INM, o vía telefónica para orientación.
Requisitos Detallados
Documento requerido | Presentación |
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Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de visitante por razones humanitarias | Original y Copia |
FMM o tarjeta de visitante, válida y vigente | Original |
Acreditar algún supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso |
Importante: Para realizar este trámite, asegúrate de contar con todos los documentos originales y sus respectivas copias. Además, verifica que el formato de solicitud esté llenado de manera electrónica y firmado por ti.
Instituto Nacional de Migración
Paso a Paso del Procedimiento
- Reúne los siguientes documentos necesarios:
- Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente (Original)
- Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial para obtener la condición de estancia de visitante por razones humanitarias (Original y Copia)
- FMM o tarjeta de visitante, válida y vigente (Original)
- Acreditar supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso:
- Si obtuviste reconocimiento de la condición de refugiado u otorgamiento de protección complementaria: resolución de la COMAR (Original y Copia)
- Si se te otorgó asilo político: resolución de la SRE (Original y Copia)
- Si se te determinó como apátrida: resolución de la autoridad migratoria (Original y Copia)
- Costos:
- Trámite: Gratuito
- Opciones para realizar tu trámite:
- En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
- Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de lejanía, contacta vía telefónica a la oficina del INM más cercana.
- Vía telefónica (orientación): 800 00 46264
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante por razones humanitarias a la cual la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) le ha reconocido como refugiado o con protección complementaria; la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) le ha otorgado el asilo político o; el Instituto Nacional de Migración ha determinado que es apátrida? Podrás solicitar tu cambio de condición a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente |
Original |
Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de visitante por razones humanitarias | Original y Copia |
FMM o tarjeta de visitante, válida y vigente | Original |
Acreditar algún supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso:
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Los trámites deberán presentarse solamente en original, y sus anexos, en copia simple. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar una copia para ese efecto. (Artículo 15 A fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo)
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Oficina de Representación que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a ésta, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264.
Información de Contacto para Consultas
Si eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante por razones humanitarias a la cual la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) le ha reconocido como refugiado o con protección complementaria; la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) le ha otorgado el asilo político o; el Instituto Nacional de Migración ha determinado que eres apátrida, podrás solicitar tu cambio de condición a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia | Original |
Pasaporte, documento de identidad y viaje | Original y Copia |
FMM o tarjeta de visitante | Original |
Acreditar algún supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso |
Los trámites deberán presentarse solamente en original, y sus anexos, en copia simple. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar una copia para ese efecto.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Información de Contacto
Puedes realizar consultas de este trámite en línea, de manera presencial en la oficina de atención a trámites del Instituto Nacional de Migración (INM), o vía telefónica:
- En línea: Solicitud en línea
- Presencial: Oficinas del INM
- Vía telefónica: 800 00 46264