Certificación de aeronavegabilidad y operatividad para vuelo.

El trámite consiste en la presentación de un escrito libre que debe contener la información señalada en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Este documento debe incluir el nombre o razón social del solicitante, su domicilio para recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que motivan la petición, el órgano administrativo al que se dirige y la fecha de emisión. Además, el escrito debe estar firmado por el interesado o su representante legal, o en su defecto, contener su huella digital. No hay plazos específicos asociados a este trámite.

Documentos y Condiciones Detalles
Escrito libre Debe incluir nombre, domicilio, petición, órgano administrativo, lugar y fecha de emisión
Firma o huella digital Debe ser firmado por el interesado o su representante legal, o en su defecto, imprimir la huella digital

Para llevar a cabo este trámite, es necesario redactar un escrito libre que contenga el nombre, domicilio, petición, órgano administrativo al que se dirige y la fecha de emisión. Este escrito debe estar firmado por el interesado o su representante legal. En caso de que no sea posible firmar, se deberá imprimir la huella digital.







Paso a Paso del Procedimiento para presentar un Escrito Libre:

  1. Identificar al promotor: Es necesario incluir el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan o en su caso de su representante legal.
  2. Domicilio para notificaciones: Indicar el domicilio para recibir notificaciones, junto al nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.
  3. Describir la petición: Incluir detalladamente la petición que se formula, así como los hechos o razones que motivan dicha petición.
  4. Indicar el órgano administrativo: Especificar a qué órgano administrativo se dirige el escrito, junto al lugar y fecha de emisión del mismo.
  5. Firma o huella digital: El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal. En caso de no poder firmar, se deberá imprimir la huella digital.





Trámite: Escrito Libre

Trámite: Escrito Libre

Escrito libre, deberá incluir lo señalado en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo:

  • a) El nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan o en su caso de su representante legal.
  • b) Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.
  • c) La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición.
  • d) El órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión.
  • e) El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, se imprimirá su huella digital.

Para obtener más información sobre este trámite, puedes descargar el formulario oficial haciendo clic aquí.

Para consultar la Ley Federal de Procedimiento Administrativo completa, visita el sitio web oficial aquí.





Información de Contacto para Consultas

Información de Contacto para Consultas

Para resolver dudas o realizar consultas sobre el trámite «Escrito libre«, se pueden utilizar los siguientes medios:

  • Teléfono de contacto: (55) 1234-5678
  • Correo electrónico: info@escritolibre.gob
  • Oficina física: Av. Reforma #123, Ciudad de México

Costos y Formas de Pago

Para llevar a cabo el trámite «Escrito libre«, se debe considerar lo siguiente:

  • Costo asociado: $100.00 MXN
  • Formas de pago aceptadas: Depósito bancario o transferencia electrónica

Tiempo Estimado de Procesamiento

El tiempo estimado para completar el trámite «Escrito libre» es de 5 días hábiles a partir de su recepción.








Preguntas Frecuentes – Escrito Libre

Preguntas Frecuentes – Escrito Libre

¿Qué se debe incluir en el Escrito Libre según la Ley Federal de Procedimiento Administrativo?

El Escrito Libre debe contener lo siguiente:

  • Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, o de su representante legal.
  • Domicilio para recibir notificaciones, con el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
  • Petición que se formula, junto con los hechos o razones que motivan la petición.
  • Órgano administrativo al que se dirige, indicando lugar y fecha de emisión.
  • Firma del interesado o su representante legal. En caso de no poder firmar, se deberá imprimir su huella digital.

¿Qué hacer si no se puede firmar el Escrito Libre?

En caso de no poder firmar el Escrito Libre, se debe imprimir la huella digital en lugar de la firma.

¿Qué sucede si no se incluyen todos los elementos requeridos en el Escrito Libre?

Si no se incluyen todos los elementos requeridos según la Ley, es posible que el trámite sea devuelto o rechazado hasta que se cumplan con los requisitos.


Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/aprobacion-de-aeronavegabilidad-y-operacional-para-volar-en-el-espacio-aereo-mexicano-con-separacion-vertical-minima-reducida/SCT1068

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