Información y documentación que deberán presentar las

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere que acredites tus comprobantes fiscales presentando la información y documentación que confirme la realización de operaciones que amparan dichos comprobantes. Debes incluir un escrito libre con la documentación e información pertinente, así como, en su caso, copias de declaraciones complementarias. Este trámite es gratuito y debe realizarse de forma presencial ante las oficinas de la autoridad correspondiente. Recuerda que, hasta que este trámite esté disponible en el Buzón Tributario, debe ser presentado mediante escrito libre.




Trámite SAT

Requisitos para el trámite SAT

Documento requerido Presentación
Escrito libre que deberá contener: Original

Pasos para realizar el trámite:

1. Prepara un escrito libre con la documentación e información que respalde la realización de las operaciones que amparan los comprobantes emitidos.

2. Incluye en el escrito, en caso necesario, una copia de la declaración o declaraciones complementarias con las correcciones fiscales pertinentes.

3. Dirígete a las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción para presentar toda la documentación requerida en original.








Procedimiento SAT

Servicio de Administración Tributaria

¿El Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere acreditar tus comprobantes fiscales? Presenta la información y documentación de que efectivamente se recibieron los servicios o adquirieron los bienes que amparan dichos comprobantes, consulta esta información.

Documentos necesarios

  • Escrito libre que deberá contener:
    • Documentación e información con la que se considere que se comprobará la realización de las operaciones que amparan los comprobantes emitidos.
    • En su caso, copia de la declaración o declaraciones complementarias a través de la que corrigió su situación fiscal.
  • Presentación: Original

Costos

  • Trámite: Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

  • Presencial: Ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción.
  • Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción, de acuerdo con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.





Trámite SAT

Servicio de Administración Tributaria

¿El Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere acreditar tus comprobantes fiscales? Presenta la información y documentación de que efectivamente se recibieron los servicios o adquirieron los bienes que amparan dichos comprobantes, consulta esta información.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Escrito libre que deberá contener:

  • Documentación e información con la que se considere que se comprobará la realización de las operaciones que amparan los comprobantes emitidos
  • En su caso, copia de la declaración o declaraciones complementarias a través de la que corrigió su situación fiscal
Original

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción, de acuerdo con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.








Información de Contacto para Consultas

Información de Contacto para Consultas

Servicio de Administración Tributaria

¿El Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere acreditar tus comprobantes fiscales? Presenta la información y documentación de que efectivamente se recibieron los servicios o adquirieron los bienes que amparan dichos comprobantes, consulta esta información.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Escrito libre que deberá contener:

  • Documentación e información con la que se considere que se comprobará la realización de las operaciones que amparan los comprobantes emitidos.
  • En su caso, copia de la declaración o declaraciones complementarias a través de la que corrigió su situación fiscal.
Original

Costos

Concepto Monto

Trámite:

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción, de acuerdo con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.








Preguntas Frecuentes – Servicio de Administración Tributaria

Preguntas Frecuentes – Servicio de Administración Tributaria

¿El Servicio de Administración Tributaria (SAT) requiere acreditar tus comprobantes fiscales?

Para poder acreditar tus comprobantes fiscales, es necesario presentar la información y documentación que demuestre la recepción de los servicios o adquisición de los bienes que respaldan dichos comprobantes. Puedes consultar esta información detallada en el apartado correspondiente.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación
Escrito libre que deberá contener: Original
  • Documentación e información con la que se demostrará la realización de las operaciones que respaldan los comprobantes emitidos.
  • Copia de la declaración o declaraciones complementarias que corrijan tu situación fiscal, si aplica.

Costos

Concepto Monto
Trámite Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Debes acudir ante las oficinas de la autoridad que emitió el oficio de presunción.

Nota: Mientras este trámite no esté disponible en el Buzón Tributario, deberá presentarse mediante un escrito libre en las oficinas correspondientes, según lo establecido en la normativa fiscal.


Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/informacion-y-documentacion-que-deberan-presentar-las-personas-fisicas-y-morales-que-hayan-dado-cualquier-efecto-fiscal-a-los-comprobantes-fiscales-expedidos-por-los-contribuyentes-incluidos-en-el-listado-de-operaciones-inexistentes-para-acreditar-que-efectivamente-recibieron-los-servicios-o-adquirieron-los-bienes-que-amparan-los-comprobantes-fiscales-que-les-expidieron-o-que-corrigieron-su-situacion-fiscal/SAT3927

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