El trámite de cambio de domicilio para refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria en México requiere que se presente un escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR). Este trámite es gratuito y debe realizarse de forma presencial en las oficinas de la COMAR.
Requisitos Detallados:
Documento requerido | Presentación |
---|---|
Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) | Original |
Importante: Para realizar el tramite de cambio de domicilio para refugiados y extranjeros con protección complementaria, es necesario presentar un escrito libre dirigido a la Coordinación General de la COMAR. Este documento debe ser original y contener la información requerida. Es fundamental seguir las instrucciones detalladas en el escrito y presentarlo en las oficinas correspondientes. Recuerda que este trámite es gratuito y debe realizarse de forma presencial en las oficinas de la COMAR.
Paso a Paso del Procedimiento: Cambio de Domicilio
Los refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria deben dar aviso a COMAR cuando cambien de domicilio.
Documentos necesarios
- Escrito libre: Dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), presentado en original.
Costos
- Trámite: Gratuito.
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
Secretaría de Gobernación
Los refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria deben dar aviso a COMAR cuando cambien de domicilio.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) |
Original |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
Para más información y descarga de formularios:
- Sitio web oficial de la Secretaría de Gobernación
- Página oficial de COMAR
- Más información sobre la Secretaría de Gobernación
Información de Contacto para Consultas
Para resolver dudas o realizar consultas sobre el trámite de cambio de domicilio para refugiados y extranjeros con protección complementaria, puedes contactar a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) a través de los siguientes medios:
- Teléfono: [Número de teléfono de COMAR]
- Correo Electrónico: [Correo electrónico de COMAR]
- Oficina Física: Puedes acudir en persona a las oficinas de COMAR ubicadas en [Dirección de la oficina física de COMAR]
Costos y Formas de Pago
El trámite de cambio de domicilio para refugiados y extranjeros con protección complementaria es gratuito. No se requiere realizar ningún pago para llevar a cabo este proceso.
Tiempo Estimado de Procesamiento
El tiempo estimado para completar el trámite de cambio de domicilio y recibir una respuesta por parte de COMAR es de aproximadamente [Número de días estimados]. Se recomienda estar atento a cualquier comunicación adicional por parte de la institución para agilizar el proceso.
Secretaría de Gobernación
Los refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria deben dar aviso a COMAR cuando cambien de domicilio.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué debo hacer si cambio de domicilio?
Respuesta: Debes enviar un escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) informando sobre tu nuevo domicilio.
2. ¿Este trámite tiene algún costo?
Respuesta: El trámite es gratuito, no tiene ningún costo asociado.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
---|---|
Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) | Original |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/aviso-de-cambio-de-residencia/SEGOB362