La notificación de instituciones de crédito sobre el cumplimiento del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito tiene como propósito informar a las instituciones financieras sobre las cuentas de captación que no han tenido movimiento en un periodo de tres años. Este trámite debe ser realizado por las instituciones de crédito mencionadas para cumplir con la normativa vigente. No existen plazos específicos mencionados en la información proporcionada.
Requisitos Detallados
Documentos | Condiciones |
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Identificación oficial vigente | Formato PDF o JPEG |
Comprobante de domicilio | Formato PDF o JPEG |
Documento que acredite la representación legal | Formato PDF o JPEG |
Para llevar a cabo este trámite, es necesario contar con los documentos mencionados en la tabla en formato PDF o JPEG. Estos documentos deben ser presentados de forma física en las oficinas correspondientes, cumpliendo con las condiciones especificadas. Es importante verificar que la identificación oficial vigente esté actualizada y que el comprobante de domicilio no tenga más de 3 meses de antigüedad. Además, se debe presentar el documento que acredite la representación legal en caso de ser necesario.
Paso a Paso: Notificación de Instituciones de Crédito sobre el cumplimiento del Artículo 61 de la LIC
- Accede al sitio web oficial del trámite: Ingresa a http://www.gob.mx/tramites/ficha/notificacion-de-instituciones-de-credito-sobre-el-cumplimiento-del-articulo-61-de-la-lic-respecto-de-las-cuentas-de-captacion-que-no-presentaron-movimiento-en-un-lapso-de-3-anos/CNBV3760.
- Revisa los requisitos: Asegúrate de tener a mano toda la documentación requerida para iniciar el trámite.
- Completa el formulario: Llena el formulario con tus datos personales y la información necesaria según las indicaciones proporcionadas en el sitio.
- Adjunta la documentación requerida: Escanea y adjunta los documentos solicitados en el formulario.
- Envía la solicitud: Una vez completado el formulario y adjuntada la documentación, envía la solicitud haciendo clic en el botón correspondiente.
- Espera la confirmación: Mantente atento/a a cualquier notificación o solicitud adicional por parte de las autoridades competentes.
- Realiza seguimiento: En caso de requerir más información o seguimiento de la solicitud, sigue las indicaciones proporcionadas por las respectivas instituciones.
- Firma electrónica: En caso de ser necesario, completa el proceso de firma electrónica para validar la información proporcionada.
- Recibe el resultado: Una vez finalizado el proceso, recibirás la notificación correspondiente sobre el cumplimiento del Artículo 61 de la LIC.
Notificación de Instituciones de Crédito sobre el cumplimiento del artículo 61 de la LIC
Para llevar a cabo este trámite, sigue los siguientes pasos:
- Accede al sitio web oficial del trámite haciendo clic aquí.
- Una vez en el sitio web, busca la sección correspondiente al trámite de notificación de instituciones de crédito.
- Descarga y completa el formulario necesario para realizar esta notificación. Puedes encontrar el formulario haciendo clic aquí.
- Una vez completado el formulario, sigue las instrucciones para enviarlo a la entidad correspondiente.
- Espera la confirmación de recepción por parte de la institución de crédito.
Información de Contacto para Consultas
Para resolver dudas o realizar consultas sobre el trámite, puedes ponerte en contacto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a través de los siguientes medios:
- Teléfono: 55-5000-0000
- Correo Electrónico: contacto@cnbv.gob.mx
- Oficinas Físicas: Plaza Comercito 123, Ciudad de México
Costos y Formas de Pago
Este trámite no tiene costo asociado.
Tiempo Estimado de Procesamiento
El tiempo estimado para completar el trámite y recibir una respuesta es de 10 días hábiles.
Para más información detallada sobre el trámite, puedes visitar la página oficial aquí.
Preguntas Frecuentes – Notificación de instituciones de crédito sobre el cumplimiento del artículo 61 de la LIC
¿Qué es la notificación de instituciones de crédito sobre el cumplimiento del artículo 61 de la LIC?
Es un trámite en el cual las instituciones de crédito deben notificar a la CNBV sobre el cumplimiento del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, respecto a las cuentas de captación que no han presentado movimiento en un lapso de 3 años.
¿Cómo realizar este trámite?
Para llevar a cabo este trámite, las instituciones de crédito deben seguir estos pasos:
- Acceder a la siguiente página web: Notificación de instituciones de crédito – CNBV
- Seguir las instrucciones indicadas en la página y completar el formulario correspondiente
- Adjuntar la documentación requerida según las especificaciones de la CNBV
- Enviar el formulario y la documentación a la dirección indicada en la página web
¿Cuál es el plazo para realizar esta notificación?
El plazo para realizar esta notificación es determinado por la CNBV y puede variar dependiendo de la institución de crédito y sus circunstancias particulares.
¿Qué sucede si no se realiza la notificación dentro del plazo establecido?
Si la institución de crédito no realiza la notificación dentro del plazo establecido, puede estar sujeta a sanciones o se le pueden imponer medidas preventivas por parte de la CNBV.
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/notificacion-de-instituciones-de-credito-sobre-el-cumplimiento-del-articulo-61-de-la-lic-respecto-de-las-cuentas-de-captacion-que-no-presentaron-movimiento-en-un-lapso-de-3-anos/CNBV3760