Pasaporte para mexicanos mayores de 60 años y personas con discapacidad

El pasaporte es el documento oficial de viaje que necesitan las personas que desean viajar fuera del país. Es reconocido por los países miembros de la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (OACI) y proporciona ayuda, protección y certeza jurídica a su titular. Se expide a personas mayores de sesenta años y personas con discapacidad en las Oficinas Consulares de México en el exterior. Es necesario presentar documentación que acredite la nacionalidad y la identidad, así como el comprobante de pago de derechos correspondiente. Además, en el caso de personas con discapacidad, es necesario presentar una constancia expedida por una institución de salud o seguridad social.

Documentos y Condiciones Detalles
Solicitud llenada en la Oficina Consular Se llena en la sede de la Oficina Consular por un funcionario público.
Documento de nacionalidad mexicana Original o copia certificada (Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes)
Identificación oficial vigente con fotografía Requerida para acreditar identidad (Art. 14, fracción VI del Reglamento de Pasaportes)
Comprobante de pago de derechos Indispensable presentarlo, consultar con la Oficina Consular para obtenerlo.
Constancia de discapacidad Emitida por una institución pública de salud o seguridad social.

Para obtener tu pasaporte, es crucial seguir los siguientes pasos detalladamente:

1. Llena la solicitud en la Oficina Consular.

2. Presenta tu documento de nacionalidad mexicana original o copia certificada.

3. Asegúrate de contar con una identificación oficial vigente con fotografía.

4. No olvides llevar el comprobante de pago de derechos correspondientes.

5. Provee una constancia de discapacidad emitida por una institución pública de salud o seguridad social si aplica.







Paso a Paso del Procedimiento para Obtener tu Pasaporte

Paso a Paso del Procedimiento para Obtener tu Pasaporte

  1. Acude a la Oficina Consular de México más cercana en el exterior.
  2. Solicita la solicitud del pasaporte a un funcionario público.
  3. Descarga el formulario de solicitud en la sección «Descargar Formatos».
  4. Presenta los documentos necesarios para acreditar tu nacionalidad mexicana:
    • Original o copia certificada de algún documento mencionado en el Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes.
  5. Verifica tu identidad con la presentación de una identificación oficial vigente con fotografía.
  6. Realiza el pago de derechos correspondiente en la Oficina Consular indicada.
  7. Si posees una discapacidad, presenta un certificado expedido por una institución pública de salud o seguridad social.
  8. En caso de no poder manifestar la voluntad de solicitud por discapacidad, acude con un tutor o familiar designado.
  9. Consulta el “Aviso de privacidad” en el siguiente enlace: Aviso de privacidad.

Teléfono: Desde EE. UU. y Canadá, se debe marcar el número 1(424)-309-0009





Trámite de Pasaporte Mexicano

Trámite de Pasaporte Mexicano

¿Quieres viajar y necesitas tu pasaporte? El pasaporte es el documento oficial de viaje que necesita una persona que desea viajar fuera del país. Este documento solicita a las autoridades extranjeras permitan el libre paso, proporcionen ayuda y protección. Es reconocido por los países miembros de la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (OACI), líneas aéreas y las autoridades mexicanas y extranjeras como un documento de viaje. Además, es probatorio de nacionalidad e identidad, lo que le confiere certeza jurídica a su titular.

Se expide a personas mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de seis, tres o un año en las Oficinas Consulares de México en el exterior.

Notas:

El pasaporte con vigencia de un año se expide a personas mayores de edad que no cumplen con todos los requisitos establecidos y que demuestran encontrarse en un supuesto de protección consular o para su regreso a territorio nacional, ya sea por haber extraviado el pasaporte anterior o por no tener la vigencia de seis meses que requieren algunos países para transitar, o para su regularización migratoria; para éste último caso, el pasaporte se podrá expedir por tres años cuando así lo solicite la autoridad migratoria competente.

La solicitud se llena en la sede de la Oficina Consular por un funcionario público, puedes obtener una muestra en la sección «Descargar Formatos«.

Para acreditar la nacionalidad mexicana debes entregar en original o copia certificada alguno de los documentos mencionados en el Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje.

Para acreditar tu identidad debes presentar en original una identificación oficial vigente con fotografía, consulta el artículo 14, fracción VI del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje para conocer las opciones.

Es requisito indispensable que presentes el comprobante del pago de derechos correspondiente, consulta con la Oficina Consular de México en el exterior para conocer dónde efectuarlo.

Debes comprobar la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la misma y el impedimento que provoca de forma permanente e irreversible a la persona.

En el caso de que la persona con discapacidad no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, su tutor, un pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, un pariente civil, o el o la cónyuge, según sea el caso, deberá acudir en conjunto con el interesado a efecto de requisitar los formatos OP-8/A u OP-8/B, debiendo acreditar plenamente su parentesco mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en los Artículos 22 y 23 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, o del ejercicio de la tutela mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en el Artículo 18, fracción II del dicho Reglamento y su identidad mediante la presentación en original de alguno de los documentos oficiales con fotografía que menciona el Artículo 14, fracción VI del mismo Reglamento.

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Trámite: Pasaporte Mexicano

¿Quieres viajar y necesitas tu pasaporte? El pasaporte es el documento oficial de viaje que necesita una persona que desea viajar fuera del país. Este documento solicita a las autoridades extranjeras permitan el libre paso, proporcionen ayuda y protección. Es reconocido por los países miembros de la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (OACI), líneas aéreas y las autoridades mexicanas y extranjeras como un documento de viaje. Además, es probatorio de nacionalidad e identidad, lo que le confiere certeza jurídica a su titular.

Se expide a personas mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de seis, tres o un año en las Oficinas Consulares de México en el exterior.

Notas:

El pasaporte con vigencia de un año se expide a personas mayores de edad que no cumplen con todos los requisitos establecidos y que demuestran encontrarse en un supuesto de protección consular o para su regreso a territorio nacional, ya sea por haber extraviado el pasaporte anterior o por no tener la vigencia de seis meses que requieren algunos países para transitar, o para su regularización migratoria; para éste último caso, el pasaporte se podrá expedir por tres años cuando así lo solicite la autoridad migratoria competente.

La solicitud se llena en la sede de la Oficina Consular por un funcionario público, puedes obtener una muestra en la sección «Descargar Formatos».

Para acreditar la nacionalidad mexicana debes entregar en original o copia certificada alguno de los documentos mencionados en el Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje.

Para acreditar tu identidad debes presentar en original una identificación oficial vigente con fotografía, consulta el artículo 14, fracción VI del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje para conocer las opciones.

Es requisito indispensable que presentes el comprobante del pago de derechos correspondiente, consulta con la Oficina Consular de México en el exterior para conocer dónde efectuarlo.

Debes comprobar la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la misma y el impedimento que provoca de forma permanente e irreversible a la persona.

En el caso de que la persona con discapacidad no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, su tutor, un pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, un pariente civil, o el o la cónyuge, según sea el caso, deberá acudir en conjunto con el interesado a efecto de requisitar los formatos OP-8/A u OP-8/B, debiendo acreditar plenamente su parentesco mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en los Artículos 22 y 23 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, o del ejercicio de la tutela mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en el Artículo 18, fracción II del dicho Reglamento y su identidad mediante la presentación en original de alguno de los documentos oficiales con fotografía que menciona el Artículo 14, fracción VI del mismo Reglamento.

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Preguntas Frecuentes – Trámite de Pasaporte

Preguntas Frecuentes – Trámite de Pasaporte

¿Qué es el pasaporte y por qué lo necesito?

El pasaporte es el documento oficial de viaje que necesita una persona que desea viajar fuera del país. Este documento solicita a las autoridades extranjeras permitan el libre paso, proporcionen ayuda y protección. Es reconocido por los países miembros de la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (OACI), líneas aéreas y las autoridades mexicanas y extranjeras como un documento de viaje. Además, es probatorio de nacionalidad e identidad, lo que le confiere certeza jurídica a su titular.

¿Quiénes pueden obtener un pasaporte y cómo se emite?

Se expide a personas mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada, con vigencia de seis, tres o un año en las Oficinas Consulares de México en el exterior.

Notas:

El pasaporte con vigencia de un año se expide a personas mayores de edad que no cumplen con todos los requisitos establecidos y que demuestran encontrarse en un supuesto de protección consular o para su regreso a territorio nacional, ya sea por haber extraviado el pasaporte anterior o por no tener la vigencia de seis meses que requieren algunos países para transitar, o para su regularización migratoria; para éste último caso, el pasaporte se podrá expedir por tres años cuando así lo solicite la autoridad migratoria competente.

La solicitud se llena en la sede de la Oficina Consular por un funcionario público, puedes obtener una muestra en la sección «Descargar Formatos».

Para acreditar la nacionalidad mexicana debes entregar en original o copia certificada alguno de los documentos mencionados en el Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje.

Para acreditar tu identidad debes presentar en original una identificación oficial vigente con fotografía, consulta el artículo 14, fracción VI del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje para conocer las opciones.

Es requisito indispensable que presentes el comprobante del pago de derechos correspondiente, consulta con la Oficina Consular de México en el exterior para conocer dónde efectuarlo.

Debes comprobar la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la misma y el impedimento que provoca de forma permanente e irreversible a la persona.

En el caso de que la persona con discapacidad no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, su tutor, un pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, un pariente civil, o el o la cónyuge, según sea el caso, deberá acudir en conjunto con el interesado a efecto de requisitar los formatos OP-8/A u OP-8/B, debiendo acreditar plenamente su parentesco mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en los Artículos 22 y 23 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, o del ejercicio de la tutela mediante la presentación de uno de los documentos mencionados en el Artículo 18, fracción II del dicho Reglamento y su identidad mediante la presentación en original de alguno de los documentos oficiales con fotografía que menciona el Artículo 14, fracción VI del mismo Reglamento.

Consulta el “Aviso de privacidad” aquí.

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Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/pasaporte-para-mexicanos-mayores-de-sesenta-anos-y-personas-con-discapacidad-comprobada-con-vigencia-de-diez-seis-tres-o-un-ano-expedido-en-las-oficinas-consulares-de-mexico-en-el-exterior/SRE573

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