Presenta tu informe mensual de actividades.

La Comisión Reguladora de Energía requiere que las personas físicas o morales registradas en el Registro de Comercializadores no Suministradores entreguen mensualmente un reporte de sus actividades de comercialización. Este trámite debe realizarse de acuerdo con los lineamientos establecidos en las Disposiciones administrativas de carácter general. El proceso es gratuito y puede ser realizado en línea a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE). Los interesados deben adjuntar la información requerida y recibirán un acuse de recibo y número de turno para seguimiento.




Requisitos para trámite en Comisión Reguladora de Energía

Comisión Reguladora de Energía

Las personas físicas o morales que se encuentren en el Registro de Comercializadores no Suministradores, deberán entregar mensualmente a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) información relativa a sus actividades de comercialización, de acuerdo con los lineamientos descritos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del Registro de Comercializadores no Suministradores.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Reporte mensual de las actividades de comercialización

Original y Copia

Nota: De acuerdo con la Disposición Décima Séptima, referente a las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del registro de Comercializadores no Suministradores, estos están obligados a proveer mensualmente a la Comisión información respecto de sus actividades de comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista. Asimismo, los interesados podrán enviar su Reporte Mensual de las Actividades de Comercialización al realizar el trámite en línea.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • Los Comercializadores no Suministradores o el representante legal registrado en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) deberá acceder al sitio de la OPE.
  • Una vez en el sitio deberá ingresar a la sección de los Comercializadores no Suministradores y seleccionar la opción que contenga la descripción correspondiente al trámite.
  • Deberá adjuntar la información requerida con las características descritas en la respectiva sección.
  • Recibe acuse de recibo y número de turno (Referencia del trámite para seguimiento y/o aclaraciones).

Recuerda cumplir con todos los requisitos solicitados y seguir los pasos detallados para completar exitosamente tu trámite en la Comisión Reguladora de Energía.





Procedimiento – Comisión Reguladora de Energía

Comisión Reguladora de Energía

Las personas físicas o morales que se encuentren en el Registro de Comercializadores no Suministradores, deberán entregar mensualmente a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) información relativa a sus actividades de comercialización, de acuerdo con los lineamientos descritos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del Registro de Comercializadores no Suministradores.

Pasos a Seguir:

  1. Obtención del Reporte Mensual de las actividades de comercialización: Prepara el Reporte Mensual con todas las actividades de comercialización realizadas.
  2. Presentación de Documentos: Entrega el Reporte Mensual en original y copia:
    • El reporte debe ser presentado en la oficina correspondiente a la Comisión Reguladora de Energía.
  3. Solicitud en Línea: Realiza el trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE):
    • Ingresa al sitio de la OPE y selecciona la sección de Comercializadores no Suministradores.
    • Adjunta la información requerida y sigue las instrucciones detalladas en la sección correspondiente al trámite.
    • Recibe un acuse de recibo y un número de turno para seguimiento del trámite.

Nota: De acuerdo con la Disposición Décima Séptima, referente a las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del registro de Comercializadores no Suministradores, estos están obligados a proveer mensualmente a la Comisión información respecto de sus actividades de comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista. Asimismo, los interesados podrán enviar su Reporte Mensual de las Actividades de Comercialización al realizar el trámite en línea.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito





Trámite en la Comisión Reguladora de Energía

Comisión Reguladora de Energía

Las personas físicas o morales que se encuentren en el Registro de Comercializadores no Suministradores, deberán entregar mensualmente a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) información relativa a sus actividades de comercialización, de acuerdo con los lineamientos descritos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del Registro de Comercializadores no Suministradores.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación
Reporte mensual de las actividades de comercialización Original y Copia

Nota: De acuerdo con la Disposición Décima Séptima, referente a las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del registro de Comercializadores no Suministradores, estos están obligados a proveer mensualmente a la Comisión información respecto de sus actividades de comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista. Asimismo, los interesados podrán enviar su Reporte Mensual de las Actividades de Comercialización al realizar el trámite en línea.

Costos

Concepto Monto
Trámite Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • Los Comercializadores no Suministradores o el representante legal registrado en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) deberá acceder al sitio de la OPE.
  • Una vez en el sitio deberá ingresar a la sección de los Comercializadores no Suministradores y seleccionar la opción que contenga la descripción correspondiente al trámite.
  • Deberá adjuntar la información requerida con las características descritas en la respectiva sección.
  • Recibe acuse de recibo y número de turno (Referencia del trámite para seguimiento y/o aclaraciones).





Información del Trámite

Comisión Reguladora de Energía

Las personas físicas o morales que se encuentren en el Registro de Comercializadores no Suministradores, deberán entregar mensualmente a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) información relativa a sus actividades de comercialización, de acuerdo con los lineamientos descritos en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del Registro de Comercializadores no Suministradores.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación
Reporte mensual de las actividades de comercialización Original y Copia

Nota: De acuerdo con la Disposición Décima Séptima, estos están obligados a proveer mensualmente a la Comisión información respecto de sus actividades de comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista. Los interesados podrán enviar su Reporte Mensual de las Actividades de Comercialización al realizar el trámite en línea.

Costos

Concepto Monto
Trámite Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • Los Comercializadores no Suministradores o el representante legal registrado en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) deberá acceder al sitio de la OPE.
  • Una vez en el sitio deberá ingresar a la sección de los Comercializadores no Suministradores y seleccionar la opción que contenga la descripción correspondiente al trámite.
  • Deberá adjuntar la información requerida con las características descritas en la respectiva sección.
  • Recibe acuse de recibo y número de turno (Referencia del trámite para seguimiento y/o aclaraciones).





FAQ Trámite Comisión Reguladora de Energía

Preguntas Frecuentes – Trámite Comisión Reguladora de Energía

¿Quiénes deben entregar mensualmente información a la Comisión Reguladora de Energía (CRE)?

Las personas físicas o morales que se encuentren en el Registro de Comercializadores no Suministradores deben entregar mensualmente a la CRE información relativa a sus actividades de comercialización.

¿Qué documentos son necesarios para el trámite?

Documento requerido Presentación
Reporte mensual de las actividades de comercialización Original y Copia

¿Cuál es la nota importante a tener en cuenta?

Nota: De acuerdo con las disposiciones establecidas, los Comercializadores no Suministradores deben proveer mensualmente a la CRE información sobre sus actividades de comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista.

¿Hay costos asociados al trámite?

Concepto Monto
Trámite Gratuito

¿Cómo se puede realizar el trámite?

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • Los Comercializadores no Suministradores o el representante legal registrado en la OPE debe acceder al sitio de la OPE.
  • Una vez en el sitio, debe ingresar a la sección de los Comercializadores no Suministradores y seleccionar la opción correspondiente al trámite.
  • Deberá adjuntar la información requerida según las indicaciones.
  • Recibirá un acuse de recibo y un número de turno para seguimiento y aclaraciones.


Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/presenta-tu-reporte-mensual-de-las-actividades-de-comercializacion/CRE5796

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