El Servicio de Administración Tributaria ofrece la posibilidad de solicitar una prórroga para realizar el retorno de mercancía en caso de una exportación temporal próxima a vencer. Para ello, se requiere presentar diversos documentos, como un escrito libre con la información correspondiente, documentos que justifiquen la permanencia de las mercancías, poder notarial, identificación oficial del representante legal y, en algunos casos, opinión favorable de la Secretaría de Economía. El trámite es gratuito y se puede realizar de forma presencial en la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior en la Ciudad de México.
Documento requerido | Presentación |
---|---|
Escrito libre | Original |
Documentos que motiven la permanencia de las mercancías nacionales | Original y Copia |
Poder notarial | Original y Copia |
Identificación oficial del representante legal | Original y Copia |
Opinión favorable de la Secretaría de Economía | Original |
Tramándose de acoplamientos o dispositivos de enganche | Original y Copia |
Para realizar este trámite, es importante presentar un escrito libre con la información requerida, así como los documentos que justifiquen la permanencia de las mercancías en el extranjero. Además, se debe contar con poder notarial, identificación oficial del representante legal, opinión favorable de la Secretaría de Economía y, en caso de acoplamientos o dispositivos de enganche, proporcionar el formato de aviso y los números de serie correspondientes.
Servicio de Administración Tributaria
¿Realizaste una exportación temporal, el plazo de tu mercancía está próximo a vencer y deseas obtener una prórroga para realizar el retorno de tu mercancía? Ven y presenta tu solicitud de autorización ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Paso a Paso del Procedimiento
- Prepara la documentación necesaria:
- Escrito libre que contenga:
- Lo establecido en la regla 1.2.2. de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
- Los números de pedimento de exportación temporal y/o del pedimento de rectificación cuando se haya optado por ampliar el plazo conforme al artículo 116, segundo párrafo de la Ley Aduanera.
- Motivos que justifiquen la permanencia de las mercancías en el extranjero por un plazo mayor al previsto.
- Documentos que motiven la permanencia de las mercancías nacionales por un plazo mayor al previsto en el artículo correspondiente.
- Poder notarial en el que se acredite la representación.
- Identificación oficial del representante legal.
- Opinión favorable de la Secretaría de Economía (SE), en casos específicos.
- Tratándose de acoplamientos o dispositivos de enganche:
- Proporcionar el formato de Aviso de exportación temporal presentado ante la aduana de salida.
- Informar los números de serie de los acoplamientos o dispositivos de enganche.
- Escrito libre que contenga:
- Realiza el trámite:
- Presenta tu solicitud de autorización con la documentación requerida ante el SAT.
- Costos:
- El trámite es gratuito.
- Opciones para realizar tu trámite:
- Presencial: Acude con tu documentación a la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma No. 10, Piso 26, Tabacalera, Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México, con un horario de atención de 09:00 a 14:30 horas.