El trámite ofrecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite a los contribuyentes informar sobre pérdidas por créditos incobrables y realizar las deducciones correspondientes. Se requiere presentar un archivo electrónico con un manifiesto por deducciones de pérdidas por crédito incobrable. Es importante contar con e.firma y contraseña vigente. El trámite es gratuito y puede realizarse en línea a través del sitio web del SAT. Es necesario presentar el trámite en el Portal del SAT hasta que se publique en la relación de promociones y solicitudes disponibles en el Buzón Tributario.
Documento requerido | Presentación |
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Archivo electrónico que contenga: | Original |
Nota: Debes contar con e.firma vigente y contraseña vigente.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT.
Para llevar a cabo este trámite, es fundamental contar con el archivo electrónico correcto que incluya el manifiesto por deducciones de pérdidas por crédito incobrable en formato original. Además, se requiere tener la e.firma vigente y la contraseña correspondiente para realizar la notificación al Servicio de Administración Tributaria. Es importante seguir estas indicaciones detalladamente para evitar contratiempos en el proceso de deducciones por créditos incobrables.
Servicio de Administración Tributaria
¿Sufriste pérdidas por créditos incobrables? Avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las deducciones correspondientes.
Paso a Paso del Procedimiento
- Reúne el siguiente documento requerido:
- Archivo electrónico que contenga:
- Manifiesto por deducciones de pérdidas por crédito incobrable
- Presenta el documento en su formato original ante el SAT.
- Nota importante: Debes contar con e.firma vigente y contraseña vigente.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT.
Servicio de Administración Tributaria
¿Sufriste pérdidas por créditos incobrables? Avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las deducciones correspondientes.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Archivo electrónico que contenga:
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Original |
Nota: Debes contar con e.firma vigente y contraseña vigente.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT.
Servicio de Administración Tributaria
¿Sufriste pérdidas por créditos incobrables? Avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las deducciones correspondientes.
Contacto para Consultas
Si necesitas resolver dudas o realizar consultas, puedes comunicarte al siguiente número de teléfono: 55-6273-0000 o enviar un correo electrónico a contacto@sat.gob.mx. También puedes acudir a las oficinas físicas del SAT más cercanas.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Archivo electrónico que contenga:
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Original |
Nota: Debes contar con e.firma vigente y contraseña vigente.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
Tiempo Estimado de Procesamiento
El tiempo estimado para completar el trámite y recibir una respuesta es de aproximadamente 15 días hábiles.
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT.
Servicio de Administración Tributaria
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué debo hacer si sufrí pérdidas por créditos incobrables?
Aviso al SAT: Debes informar al Servicio de Administración Tributaria las deducciones correspondientes por las pérdidas en créditos incobrables.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
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Archivo electrónico que contenga:
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Original |
Nota: Debes contar con e.firma vigente y contraseña vigente.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Nota: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT.
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/deducciones-por-perdida-de-creditos-incobrables/SAT5841