Este trámite tiene como propósito obtener la autorización para reiniciar la publicidad de una entidad financiera que haya sido suspendida por la CONSAR. Deben realizarlo las instituciones financieras que hayan sido sancionadas y deseen reanudar sus actividades publicitarias. No se mencionan plazos específicos en la información proporcionada en el enlace.
Documentos | Condiciones |
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Carta solicitud | Formato Libre |
Copia del contrato firmado con la empresa aseguradora | Formato PDF |
Copia del contrato firmado con la empresa de publicidad | Formato PDF |
Identificación oficial vigente | INE, Pasaporte, Cédula profesional |
Para llevar a cabo el trámite de autorización para reiniciar publicidad cuando haya sido suspendida por la CONSAR, deberás presentar una carta solicitud con formato libre, una copia del contrato firmado con la empresa aseguradora en formato PDF, una copia del contrato firmado con la empresa de publicidad en formato PDF, y una identificación oficial vigente como el INE, Pasaporte o Cédula profesional. Una vez que hayas reunido todos los documentos necesarios, puedes proceder a realizar la solicitud en las oficinas correspondientes de la CONSAR.
Paso a Paso: Autorización para Reiniciar Publicidad cuando haya sido suspendida por la CONSAR
- Reunir la documentación necesaria: Para iniciar el trámite, es importante contar con los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente.
- Constancia de suspensión de publicidad emitida por la CONSAR.
- Nombre comercial o razón social de la entidad solicitante.
- Domicilio completo de la entidad solicitante.
- Acceder al sitio web: Ingresa a la siguiente página para iniciar el trámite: Autorización para Reiniciar Publicidad CONSAR3639.
- Llenar el formulario en línea: Completa el formulario con la información solicitada, asegurándote de ingresar los datos de manera correcta y veraz.
- Adjuntar la documentación requerida: Escanea e incorpora los documentos mencionados en el paso 1 al formulario en línea, siguiendo las indicaciones proporcionadas en el sitio web.
- Revisar la información: Antes de enviar la solicitud, verifica que todos los datos y documentos sean correctos y estén completos.
- Enviar la solicitud: Una vez confirmada la información, envía la solicitud para su revisión y autorización por parte de la CONSAR.
- Esperar respuesta: Una vez enviada la solicitud, aguarda la respuesta de la CONSAR respecto a la autorización para reiniciar la publicidad suspendida.
¡Listo! Siguiendo estos pasos claros y concisos, podrás llevar a cabo el trámite de Autorización para Reiniciar Publicidad cuando haya sido suspendida por la CONSAR de manera adecuada y efectiva.
Trámite de Autorización para reiniciar publicidad suspendida por la CONSAR
Si tu publicidad fue suspendida por la CONSAR y deseas reiniciarla, debes seguir los siguientes pasos:
- Descarga el formulario de solicitud de autorización desde el siguiente enlace: Formulario de autorización
- Llena el formulario con la información solicitada, asegurándote de proporcionar todos los datos requeridos de manera clara y precisa.
- Adjunta los documentos necesarios que respalden tu solicitud, tales como comprobantes de pago, contratos, o cualquier otro papel requerido por la CONSAR.
- Presenta tu solicitud y documentación en las oficinas de la CONSAR más cercanas a tu ubicación. Puedes encontrar la dirección de las oficinas en este enlace.
- Espera la resolución de tu trámite por parte de la CONSAR. Una vez que tu solicitud sea revisada, recibirás una notificación con la autorización para reiniciar tu publicidad.
Recuerda que es importante cumplir con todos los requisitos y seguir los pasos mencionados para agilizar el proceso de autorización y reinicio de tu publicidad suspendida por la CONSAR.
Trámite: Autorización para reiniciar publicidad cuando haya sido suspendida por la CONSAR
Información de Contacto para Consultas:
Para resolver dudas o realizar consultas sobre este trámite, puedes contactar a la CONSAR a través de los siguientes medios:
- Teléfono: 55 6729 9800
- Correo Electrónico: atencion.inversionistas@consar.gob.mx
- Oficina Física: Av. Insurgentes Sur 1971, Col. Guadalupe Inn, CP 01020, Ciudad de México
Costos y Formas de Pago:
Este trámite no tiene asociado ningún costo.
Tiempo Estimado de Procesamiento:
El tiempo estimado para completar este trámite y recibir una respuesta es de aproximadamente 15 días hábiles.
Preguntas Frecuentes
¿Qué debo hacer si necesito reiniciar la publicidad que fue suspendida por la CONSAR?
Para reiniciar la publicidad que fue suspendida por la CONSAR, es necesario solicitar una autorización especial. Debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresa al portal de trámites del gobierno: http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-reiniciar-publicidad-cuando-haya-sido-suspendida-por-la-consar/CONSAR3639
- Consulta los requisitos: Revisa detenidamente los requisitos y documentos necesarios para solicitar la autorización.
- Realiza el trámite en línea: Llena el formulario en línea con la información requerida y adjunta los documentos solicitados.
- Espera la respuesta: Una vez enviada la solicitud, deberás esperar a que la CONSAR evalúe tu petición y emita una resolución.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de autorización para reiniciar la publicidad suspendida por la CONSAR?
El tiempo de respuesta por parte de la CONSAR puede variar dependiendo de la carga de trabajo y la complejidad de la solicitud. Se recomienda estar atento a las notificaciones en el portal de trámites para conocer el estado de la autorización.
¿Qué sucede si no cumplo con los requisitos para reiniciar la publicidad suspendida por la CONSAR?
En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, la solicitud de autorización para reiniciar la publicidad puede ser rechazada. Se te notificará el motivo del rechazo y podrás corregir los errores para volver a enviar la solicitud.
Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-reiniciar-publicidad-cuando-haya-sido-suspendida-por-la-consar/CONSAR3639