Aviso obligatorio para enero y febrero

El trámite del Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite a los residentes fiscales en Estados Unidos de América determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre una base neta, evitando así la retención del impuesto por el uso o goce temporal de bienes inmuebles en México. Para realizar este trámite, se debe presentar un aviso con la información requerida, como los pagos recibidos y la descripción de los inmuebles. Es necesario contar con e.firma y contraseña vigente para completar el proceso. El costo del trámite es gratuito y puede realizarse en línea a través del portal del SAT. Hasta que el trámite no esté disponible en el Buzón Tributario, debe presentarse en el Portal del SAT según lo establecido en la normativa fiscal vigente.




Documento requerido Presentación
Archivo electrónico con información detallada Original

Importante: Debes contar con e.firma y contraseña vigente para llevar a cabo este trámite.


Pasos a seguir: Para realizar este trámite, asegúrate de tener todos los documentos requeridos en formato electrónico y sigue las instrucciones detalladas para proporcionar la información solicitada de manera correcta. Accede al enlace proporcionado para realizar el trámite en línea y sigue las indicaciones proporcionadas en el portal del SAT. Recuerda que este trámite es gratuito, por lo que no tendrás que realizar ningún pago adicional. Una vez completado el proceso, guarda tu comprobante o confirmación de envío como respaldo de tu trámite.



Procedimiento para determinar el ISR sobre una base neta para residentes en Estados Unidos de América

Procedimiento para determinar el ISR sobre una base neta para residentes en Estados Unidos de América

Servicio de Administración Tributaria

¿Eres residente para efectos fiscales en Estados Unidos de América y deseas que no te realicen la retención del impuesto, por concepto del uso o goce temporal de bienes inmuebles? Opta por determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre una base neta y presenta tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Documentos necesarios

  1. Archivo electrónico que contenga la siguiente información:

    • Nombre, denominación o razón social y clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona o de las personas que les hubieren realizado pagos por concepto de uso o goce temporal de bienes inmuebles ubicados en territorio nacional, así como el monto de los pagos recibidos de cada uno durante el ejercicio fiscal anterior.
    • Descripción detallada de los inmuebles ubicados en territorio nacional por los que hubiere percibido ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

    Presentación: Original

Nota: Debes contar con e.firma y contraseña vigente.

Costos

Concepto Monto
Trámite Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.







Trámite Servicio de Administración Tributaria

Servicio de Administración Tributaria

¿Eres residente para efectos fiscales en Estados Unidos de América y deseas que no te realicen la retención del impuesto, por concepto del uso o goce temporal de bienes inmuebles? Opta por determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre una base neta y presenta tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Archivo electrónico con la siguiente información:

• Nombre, denominación o razón social y clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona o personas que realizaron pagos por uso o goce temporal de bienes inmuebles en territorio nacional, junto con el monto de los pagos recibidos de cada uno durante el ejercicio fiscal anterior.

• Descripción detallada de los inmuebles en territorio nacional por los que percibiste ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Original

Nota: Debes contar con e.firma y contraseña vigente.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.

Nota: Hasta que este trámite se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información en el Buzón Tributario, debe presentarse en el Portal del SAT según lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.





Información del Trámite

Servicio de Administración Tributaria

¿Eres residente para efectos fiscales en Estados Unidos de América y deseas que no te realicen la retención del impuesto, por concepto del uso o goce temporal de bienes inmuebles? Opta por determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre una base neta y presenta tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Contacto para Consultas

Puedes resolver dudas o realizar consultas contactando al SAT a través de los siguientes medios:

  • Teléfono: 55-627-223344
  • Correo Electrónico: contacto@sat.gob.mx
  • Oficina Física: Av. Hidalgo 77, Col. Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México

Documentos Necesarios

Documento requerido Presentación

Archivo electrónico con información detallada de pagos recibidos y bienes inmuebles

Original

Nota: Debes contar con e.firma y contraseña vigente.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Formas de Pago

No aplica, el trámite es gratuito.

Tiempo Estimado de Procesamiento

El tiempo estimado para completar el trámite y recibir una respuesta es de 10 días hábiles.

Opciones para Realizar tu Trámite

En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.





FAQ Servicio de Administración Tributaria

Servicio de Administración Tributaria

¿Qué debo hacer si soy residente para efectos fiscales en Estados Unidos de América y no deseo que se realice retención de impuestos por el uso o goce temporal de bienes inmuebles? Para evitar la retención del impuesto, debes optar por determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre una base neta y presentar tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Preguntas Frecuentes

¿Qué documentos necesito presentar? Debes contar con un archivo electrónico que incluya la información detallada de las personas que te realizaron pagos por el uso temporal de bienes inmuebles en territorio nacional, así como la descripción de los inmuebles por los cuales percibiste ingresos en el ejercicio fiscal anterior. Este debe ser presentado en su forma original.

Nota: Es requisito contar con e.firma y contraseña vigente para este trámite.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Puedes realizar tu trámite en línea aquí.

Nota: Este trámite deberá presentarse en el Portal del SAT hasta que se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, según lo establecido en la regla 1.6 en relación con la regla 2.2.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal.


Para mayor información favor de revisar la siguiente liga http://www.gob.mx/tramites/ficha/aviso-que-se-debera-presentar-en-los-meses-de-enero-y-febrero-de-cada-ano-respecto-a-la-opcion-de-no-retencion-del-isr-por-concepto-del-uso-o-goce-temporal-de-bienes-inmuebles-a-residentes-en-estados-unidos-de-america/SAT4179

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